TOP de Temuco condena a 7 años de presidio a autor de abuso sexual infantil reiterado

La sentencia aplicó, además, a J.F.C.M. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y el pago de las costas de la causa.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a J.F.C.M. a la pena única de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor de delito consumado  de abuso sexual reiterado de menor de 14 años de edad. Ilícito perpetrado entre septiembre de 2016 y abril de 2017.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Rocío Pinilla Dabbadie (presidenta), Leonel Torres Labbé y Patricia Abollado Vivanco (redactora)– acreditó que, entre septiembre de 2016 y abril de 2017, en el domicilio ubicado en la comuna de Temuco, el imputado J.F.C.M. ejecutó, en reiteradas oportunidades, actos de significación sexual y de relevancia en perjuicio de la víctima, su nieta de 10 a 11 años a la época de los hechos.

La sentencia aplicó, además, a J.F.C.M. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y el pago de las costas de la causa.

Asimismo, el tribunal impuso al condenado la pena de interdicción al derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, además de la prohibición  de visitar, tanto domicilio como lugar de trabajo o establecimiento educacional de la víctima, como aproximarse a esta en cualquier lugar en que se encuentra, por 10 años.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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