TOP de Temuco condena a 7 años de presidio a autor de abuso sexual de menor de 14 años

El tribunal, además, aplicó a L.A.H.C. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a L.A.H.C. a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años de edad. Ilícito perpetrado en octubre del año pasado, en la comuna de Padre Las Casas.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Luis Sarmiento Luarte (presidente), Ximena Saldivia Vega (redactora) y Roberto Herrera Olivos– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 18:30 horas del 19 de octubre de 2022, la víctima, de 12 años a la fecha de los hechos, se encontraba en el interior de su domicilio, lugar al que llegó el acusado L.A.H.C., quien es su tío materno, abusando de la confianza que emana de los lazos de parentesco y encontrándose en el interior del inmueble, se trasladó hasta el dormitorio de la niña, efectuando actos de relevancia y significación sexual en su contra. La víctima presenta una discapacidad intelectual severa de un 70%.

El tribunal, además, aplicó a L.A.H.C. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.

Asimismo, impuso al condenado la pena de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.

Como medida de protección de la víctima, el tribunal impuso al sentenciado la prohibición de visitar su domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional, así como la prohibición de acercarse a ella y a su familia por el período de dos años, término que empezará a regir desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada.

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