TOP de Villarrica condena a 12 años y 3 años y un día de presidio efectivo a autor de los delitos de homicidio y porte ilegal de arma de fuego

En fallo unánime, el tribunal condenó, además, a Peña Urra a 3 años y un día de reclusión efectiva y accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Villarrica condenó a Jorge Alejandro Peña Urra a la pena de cumplimiento efectivo de 12 años de presidio y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de homicidio. Ilícito perpetrado en agosto de 2021.

En fallo unánime (causa rol 9-2023), el tribunal –integrado por las magistradas Alejandra Rosas Lagos (presidenta), Adriana Knopel Jaramillo y el magistrado Freddy Gramer Rascheya (redactor)– condenó, además, a Peña Urra a 3 años y un día de reclusión efectiva y accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre las 10:30 y las 11:00 del 5 de agosto del 2021, “(…) Jorge Alejandro Peña Urra, junto a un tercero individualizado durante la investigación, se dirigieron previamente concertados y coordinados para disparar y dar muerte a Brian Eduardo Barra Hernández. Concurrieron armados con una pistola color negro, que se encontraba cargada con sus respectivas municiones; se dirigieron a bordo, de un automóvil Chevrolet, modelo Cruze, placa patente FRHR 69, que era conducido por el tercero, se dirigieron hasta pasaje Kumeko frente al N°1050, de Villarrica, donde encontraron a la víctima Brian Eduardo Barra Hernández quien se encontraba en el lugar por razones laborales en plena vía pública de la calle antes indicada”.

“Una vez en el lugar, Peña Urra como el tercero indicado, descienden al mismo tiempo del automóvil en el cual se movilizaban, bajando Peña Urra la mencionada pistola y portándola en su mano derecha. Acto seguido, tanto Peña Urra como el tercero se aproximan caminando al mismo tiempo en dirección a Brian Eduardo Barra Hernández, ocasión en la cual el tercero indicado tomó de manos de Peña Urra la pistola que este portaba, para de manera inmediata (y siempre portando el arma) continuar acercándose a la víctima, donde lo amenaza de muerte y apunta al cuerpo con la mencionada arma”, añade el fallo.

“Finalmente, estando a unos 3 o 4 metros de distancia y encontrándose desarmada la víctima, el tercero aludido apunta al cuerpo de Barra Hernández y le dispara impactándolo en la zona torácica abdominal, cayendo desplomada la víctima y de manera inmediata al suelo. A raíz de lo anterior Brian Eduardo Barra Hernández sufrió un traumatismo abdominal complicado con lesión de hígado y arteria aorta, por proyectil de arma de fuego que le provocó la muerte el mismo día 5 de agosto de 2021, momentos después de los hechos, siendo las 12:10 horas en el Hospital de Villarrica. Tanto Peña Urra como el tercero portaron la pistola y municiones indicadas, al momento de los hechos, sin tener arma inscrita a su nombre, ni tener autorización alguna para mantener ni portar armas de fuego, ni municiones. Por último, ambos imputados se retiran juntos en el vehículo en el cual habían llegado”, concluye.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

Primera Instancia Ver fallo Primera Instancia 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

You cannot copy content of this page