El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dictó condena efectiva por delitos sexuales cometidos entre 2023 y 2024. La víctima resultó embarazada, hecho que permitió develar los abusos.
Condena efectiva sin acceso a penas sustitutivas
El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó a un hombre de 32 años a 17 años de presidio efectivo como autor del delito de violación reiterada en contra de una niña de 13 años, hechos ocurridos en un domicilio de la comuna de Temuco entre los años 2023 y 2024.
El tribunal resolvió que la pena deberá cumplirse de manera íntegra, sin posibilidad de penas sustitutivas, atendida la gravedad de los delitos, la reiteración de las agresiones y la especial vulnerabilidad de la víctima. En el cómputo de la condena se considerarán 706 días de abono, correspondientes al tiempo que el condenado ha permanecido privado de libertad durante la investigación y el desarrollo del juicio oral.
La sentencia representa uno de los fallos más severos dictados recientemente en la capital regional en materia de delitos sexuales contra menores de edad, reafirmando el criterio de sanción efectiva frente a este tipo de crímenes.
Fiscalía acreditó abusos cometidos en contexto de convivencia
Durante el juicio oral, el fiscal de la causa, Juan Pablo Gerli, logró acreditar que el condenado convivía con la madre de la víctima y que aprovechaba los momentos en que quedaba a solas con la menor para cometer las agresiones sexuales.
El persecutor destacó la importancia de la declaración de la víctima, quien entregó su testimonio durante el proceso judicial, permitiendo sostener la acusación y acreditar la reiteración de los hechos. Asimismo, subrayó que el caso refleja una situación de abuso intrafamiliar y de confianza, uno de los contextos más complejos de abordar en investigaciones por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.
La Fiscalía valoró el fallo como una señal clara de protección a las víctimas y de sanción proporcional a la gravedad de los hechos.
Medidas de protección y origen del caso
Además de la pena privativa de libertad, los jueces Leonel Torres Labbe, Priscila Frantzen y Wilfred Zilmann impusieron una serie de medidas accesorias de protección a favor de la víctima. Entre ellas, se estableció la prohibición de acercarse a la menor en cualquier lugar público o privado, la prohibición de visitar su domicilio o establecimiento educacional y la prohibición absoluta de mantener cualquier tipo de contacto con ella, por un período de 10 años, una vez que la sentencia quede firme y ejecutoriada.
El caso quedó al descubierto cuando la menor resultó embarazada como consecuencia de las agresiones sexuales. En enero de 2024, su madre debió trasladarla al Servicio de Urgencia del Hospital Regional Hernán Henríquez Aravena, donde se diagnosticó un aborto tardío retenido, situación que activó los protocolos médicos y judiciales correspondientes.
Desde el ámbito judicial, se reiteró el llamado a denunciar oportunamente situaciones de abuso sexual infantil, destacando que la detección temprana es clave para la protección de las víctimas y la persecución penal efectiva de los responsables.
