Un contundente informe de la Contraloría General de la República dejó al descubierto una serie de irregularidades en el aparcadero municipal de Villarrica, incluyendo conflictos de interés, cobros sin respaldo, incumplimientos contractuales y la participación de funcionarios municipales vinculados a la empresa concesionaria. El organismo fiscalizador ordenó medidas correctivas y advirtió posibles vulneraciones al deber de probidad administrativa.


Una auditoría de la Contraloría General de la República (CGR) detectó una serie de irregularidades en el funcionamiento del aparcadero municipal de Villarrica, en la región de La Araucanía, incluyendo conflictos de interés, cobros sin respaldo tributario, incumplimientos contractuales y graves deficiencias en el control de vehículos.

Los antecedentes fueron consignados en el Informe Final N.º 160, documento que revisó la administración y operación del recinto concesionado, verificando el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y contractuales que regulan este servicio municipal.

Entre las observaciones más delicadas, el organismo fiscalizador advirtió que el director de Control de la Municipalidad de Villarrica intervino en gestiones relacionadas con el retiro de un vehículo desde el aparcadero municipal. Según el informe, dichas acciones derivaron en la obtención de un poder para disponer del automóvil y posteriormente concretar su transferencia a un familiar directo.

Debido a la naturaleza de estos hechos, la Contraloría advirtió una eventual infracción al deber de probidad administrativa, uno de los principios fundamentales que rigen el actuar de los funcionarios públicos.

Funcionarios municipales figuraban como propietarios de la concesionaria

La auditoría también detectó que dos funcionarios municipales aparecían como propietarios de la empresa concesionaria encargada de administrar el aparcadero durante el período comprendido entre los años 2023 y 2025.

Para el organismo fiscalizador, esta situación constituye un evidente conflicto de interés, considerando que funcionarios de la misma municipalidad mantenían participación en una empresa vinculada a la prestación de un servicio contratado por la entidad pública.

Cobros sin respaldo y funcionamiento irregular

Otro de los hallazgos apunta a cobros efectuados fuera de los procedimientos establecidos. En al menos un caso, pese a que la empresa informó la condonación total de los costos de almacenamiento de un vehículo, igualmente se habrían realizado cobros al propietario sin respaldo tributario ni registros formales de ingreso.

A ello se suma que la concesionaria operó durante todo el período auditado sin contar con patente comercial vigente. Asimismo, el aparcadero funcionó en un inmueble distinto al contemplado originalmente en el contrato, sin que existiera una modificación formal aprobada por la autoridad competente.

Deficiencias en el control de vehículos y remates cuestionados

La Contraloría también observó graves falencias en los registros de ingreso y salida de vehículos, incumplimientos contractuales y remates efectuados sin cumplir requisitos legales esenciales.

Entre los casos detectados figura incluso un vehículo que mantenía encargo policial vigente y que igualmente formó parte de procedimientos asociados al aparcadero, situación que quedó consignada en la auditoría.

Las observaciones también apuntan a deficiencias administrativas que dificultan la trazabilidad de los vehículos retirados de circulación y custodiados por la concesionaria.

Municipio deberá adoptar medidas en un plazo de 60 días

Frente a las irregularidades detectadas, la Contraloría instruyó a la Municipalidad de Villarrica implementar una serie de medidas correctivas.

Entre ellas se encuentra la elaboración de un catastro de cierre del aparcadero, la regularización de eventuales deudas por concepto de patente municipal y la elaboración de una nueva ordenanza destinada a regular la custodia de vehículos retirados de circulación.

La Municipalidad de Villarrica deberá informar al organismo fiscalizador, dentro de un plazo de 60 días hábiles, las acciones adoptadas para dar cumplimiento a todas las observaciones y requerimientos formulados en el informe.

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