Una investigación de Novena Digital reveló que la Contraloría Regional de La Araucanía concluyó que el alcalde Ricardo Jaramillo no debió intervenir en la contratación de una funcionaria con quien tiene un hijo en común. El organismo descartó que existiera una inhabilidad legal para su ingreso al municipio, pero determinó que el jefe comunal vulneró el deber de abstención.


La Contraloría Regional de La Araucanía estableció que el alcalde de Lautaro, Ricardo Jaramillo, infringió el deber de abstención al firmar el decreto que formalizó la contratación de una funcionaria municipal con quien mantiene un vínculo personal, ya que ambos tienen un hijo en común.

La información fue dada a conocer por Novena Digital, medio que accedió al Oficio N.º OF46528/2026, emitido el 9 de marzo de 2026, tras una denuncia reservada que cuestionó la contratación por una eventual vulneración al principio de probidad administrativa.

Contraloría descartó una inhabilidad para contratar a la funcionaria

De acuerdo con el pronunciamiento del organismo fiscalizador, la funcionaria Arles Yelor Vergara no estaba legalmente impedida para ingresar a trabajar en la Municipalidad de Lautaro, ya que la legislación vigente no considera como causal de inhabilidad el hecho de mantener una relación de pareja o tener un hijo en común con la autoridad comunal.

No obstante, Contraloría precisó que la autoridad comunal sí debía abstenerse de intervenir en cualquier acto administrativo relacionado con su contratación, debido al vínculo personal existente entre ambos.

El alcalde firmó el decreto que originó la observación

El organismo observó específicamente el Decreto Alcaldicio N.º 110, firmado por Ricardo Jaramillo el 17 de enero de 2025, mediante el cual se renovó la contratación de la funcionaria para ese año.

Según el informe, dicho acto administrativo permaneció vigente durante aproximadamente cuatro meses, hasta que fue dejado sin efecto por un alcalde subrogante, quien posteriormente volvió a formalizar la contratación mediante un nuevo decreto.

Como resultado de la investigación, Contraloría determinó que el alcalde vulneró el deber de abstención establecido en el artículo 12 de la Ley N.º 19.880, norma que obliga a las autoridades a marginarse de procedimientos donde exista un interés personal o un potencial conflicto de interés.

Asimismo, instruyó que Ricardo Jaramillo deberá abstenerse, mientras permanezca en el cargo, de participar en cualquier decisión relacionada con la evaluación, supervisión o control de las funciones desempeñadas por la trabajadora.

Reacciones en el municipio tras el pronunciamiento

El caso también generó reacciones al interior de la Municipalidad de Lautaro.

El administrador municipal, Cristian Salinas, señaló que el alcalde firma un alto volumen de documentos y aseguró que, una vez detectada la situación, se adoptaron medidas internas para evitar que vuelva a repetirse, descartando además que la funcionaria haya recibido algún tipo de privilegio.

En tanto, el concejal del PPD, Piero Jara, anunció que solicitará mayores antecedentes sobre el caso con el objetivo de entregar tranquilidad a la comunidad respecto del correcto uso de los recursos públicos.

Por su parte, el concejal independiente Germán Ortiz sostuvo que un eventual despido de la funcionaria sería injustificado, considerando que la propia Contraloría concluyó que no existía una inhabilidad legal para que desempeñara funciones en el municipio.

Investigación fue revelada por Novena Digital

El pronunciamiento de la Contraloría no establece sanciones administrativas contra el alcalde ni ordena la desvinculación de la funcionaria. La observación se limita a la participación del jefe comunal en el procedimiento administrativo y dispone medidas para evitar nuevos conflictos de interés durante el ejercicio de su cargo.

Crédito: Esta información corresponde a una investigación publicada por Novena Digital, basada en el Oficio N.º OF46528/2026 emitido por la Contraloría Regional de La Araucanía.

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