“Es fundamental que exista transparencia en los procesos y no revictimizar, pero tampoco condenar anticipadamente”, precisó Miguel Mellado.

El 15 enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.643 -más conocida como “Ley Karin”- y en agosto del mismo año entró en vigencia. La normativa trajo modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo.

En dos meses, agosto y septiembre, se han registrado 4.820 denuncias y 1.852 atenciones psicológicas. Según el Ministerio del Trabajo, el 76% de las denuncias provienen del sector privado y 976 denuncias del sector público.

Para el diputado RN, Miguel Mellado, las cifras evidencian que existe un conocimiento de la nueva ley y que hay confianza en la normativa, lo cual se expresa en las denuncias, pero puntualiza en que la difusión de las cifras nada dice sobre cómo se están abordando, si están siendo abordadas con eficiencia y en los plazos que la misma ley establece para empleadores y para la Dirección del Trabajo. “No se trata sólo de números, los denunciantes tienen derecho a que se cumpla con un plazo de investigación y que la atención sea eficiente y oportuna. No sacamos nada con mostrar cifras por mostrar, se debe transparentar cómo está funcionando la Dirección del Trabajo para hacer cumplir la Ley en los plazos que ésta indicar. Es fundamental que exista transparencia en los procesos y no revictimizar, pero tampoco condenar anticipadamente”, precisó el legislador.

A través de un oficio, dirigido a la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, el legislador solicitó que se informe las medidas adoptadas para garantizar una eficiente gestión de la denuncia. En el documento, Mellado pide conocer el monto de los recursos destinados a la contratación de nuevos funcionarios y el número de contrataciones efectivas durante 2024, para fortalecer la capacidad de los equipos de dicha Dirección. Además de saber si se ha dado cumplimento con los plazos establecidos en la ley para el cierre del proceso de investigación por parte del organismo -y de no cumplirse dichos plazos, indicar las causas-.

“Una vez que se ingresa la denuncia a la respectiva Inspección del Trabajo, ellos tienen 30 días corridos para investigar y cerrar el proceso. ¿Se ha cumplido? Considero que más relevante que saber el número de denuncias, se debe saber cuántas de éstas han llegado a término en los plazos que la ley exige, plazos que buscan agilizar estos procesos que son delicados para los involucrados. Por ello cumplir con los tiempos, es cumplir con parte del espíritu de la normativa, que es motivar a aquellas personas que no han querido denunciar no solo por desconfianza o temor, sino que también por procesos que se dilatan y que revictimizan, y otros en los que se condena de manera anticipada”, argumentó el diputado por La Araucanía.

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