El tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó penas de 10 años y un día, y 15 años de presidio efectivo por delitos cometidos en Nueva Imperial en 2022.
La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la condena contra un profesor de canotaje acusado de abuso sexual reiterado y violación infantil, tras rechazar el recurso de nulidad presentado por la defensa.
En fallo unánime, la Segunda Sala descartó error de derecho en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Villarrica, que había impuesto penas de 10 años y un día de presidio por abuso sexual reiterado y 15 años de presidio efectivo por violación infantil.
Los delitos fueron cometidos entre agosto y diciembre de 2022 en la comuna de Nueva Imperial.
Tribunal descarta error de derecho
En su resolución, el tribunal de alzada sostuvo que la sentencia recurrida aplicó correctamente el artículo 351 del Código Procesal Penal, en concordancia con los artículos 366 bis, 362 y 363 N°2 del Código Penal.
El fallo enfatiza que la forma de imposición de la pena se ajustó plenamente a los parámetros establecidos por el legislador, descartando la existencia del error denunciado por la defensa.
Asimismo, se indicó que no se vulneraron garantías constitucionales del acusado, incluyendo el principio pro reo y la interpretación favorable al imputado cuando corresponda.
Hechos acreditados
El fallo de primera instancia —ratificado por la Corte— dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el condenado realizó en forma reiterada actos de connotación sexual contra una víctima de 13 años.
Los hechos ocurrieron en dependencias del Cendyr Náutico de Nueva Imperial y en otros lugares de la comuna y zonas aledañas. En una de las ocasiones, dentro del mismo período, el condenado cometió el delito de violación.
La Corte concluyó que la sentencia impugnada no contiene los vicios invocados, por lo que resolvió rechazar el recurso de nulidad y mantener intactas las condenas impuestas.
Sentencia queda firme
Con esta resolución, la condena queda ejecutoriada en cuanto al pronunciamiento del tribunal de alzada, consolidando las penas privativas de libertad dictadas en diciembre de 2025.
El caso refuerza la línea jurisprudencial en materia de delitos sexuales contra menores, donde los tribunales han aplicado penas efectivas y han sido estrictos al revisar recursos que buscan anular condenas cuando no se acreditan errores jurídicos sustantivos.
Si tú o alguien cercano es víctima de violencia sexual, existen canales de denuncia y apoyo institucional disponibles a nivel nacional. Buscar ayuda es fundamental y puede marcar la diferencia.
