Ministra Vivanco y sentencia de Isapres: “Nosotros confiamos que los fallos se cumplan partiendo por el Estado»

La autoridad judicial estableció que todos los actores del sistema deben cumplir, partiendo por el propio Estado:   “Nosotros confiamos que los fallos se cumplan partiendo por el Estado. El primer obligado a cumplir con los fallos y con la ley es el Estado y en consecuencia cuando hay un fallo como este que determina que una autoridad sectorial cumpla con estas medidas que nosotros hemos determinado».

La ministra vocera de la Corte Suprema, Angela Vivanco, señaló esta mañana  que el fallo de la Corte Suprema relativo a la tabla de factores de las isapres se debe cumplir pero que son las entidades técnicas las que deben diseñar cómo hacerlo.

“Tendrán que cumplir con esos lineamientos que nosotros dimos. Precisamente no quisimos decir el cómo, porque el tema tiene una  alta complejidad, tiene que la autoridad sectorial establecer el cómo y no nosotros.  Ese estudio caso a caso lo tiene que hacer la Superintendencia con las isapres respectivas y por ese nosotros no dijimos el cómo, sino que solamente el qué en nuestro fallo”, dijo la ministra en entrevista en Radio Infinita.

La autoridad explicó que la Corte Suprema ha sido diligente en resolver el conflicto, incluso entregando aclaraciones cuando las partes involucradas lo solicitaron. “Nosotros hemos demostrado durante todo el tiempo que este proceso ha durado nuestra voluntad y nuestro compromiso en tratar de facilitar las cosas de la mayor y mejor manera posible. Porque si bien los fallos se cumplen, también nosotros tenemos la voluntad que los fallos se comprendan. Desde ese punto de vista hicimos una aclaración que despejaba dudas”.

Consultada sobre prórrogas en el plazo para el cumplimento, “esa solicitud no nos ha llegado, nosotros no hemos recibido ninguna solicitud, ni tampoco hemos tenido noticia alguna que se haya presentado en la Corte de Apelaciones respectiva. Desde ese punto de vista el plazo sigue corriendo y en todo caso cuando se pide prórroga de un plazo que ya está decretado en una sentencia a firme judicial hay que dar muy buenas explicaciones (…) y ya quedará la decisión judicial correspondiente entregada a los jueces que les toca conocer de ello“

La ministra explicó que los jueces tienen una obligación llamada inexcusablidad, “eso significa que el Poder Judicial no se puede omitir de conocer un caso, ni siquiera cuando no hay ley que lo regule o que la ley es insuficiente, porque para eso existen los principios generales del Derecho, la equidad y particularmente la Constitución”. Esto lo explicó ante las opiniones que establecen que el Poder Judicial no debería dictar sentencias en materias que competen a otros Poderes del Estado. “El Poder Judicial no puede ampararse en decir que la ley no se ha dictado o la ley no resuelve ese problema y por eso justamente muchas situaciones que se refieren a la salud privada y muchos otros temas terminan siendo resueltos judicialmente en falta de norma, porque es el Poder Judicial el llamado a hacer justicia y si no hay ley entonces aplicará la Constitución o los principios generales de Derecho. Hay gente que esto lo confunde con el activismo judicial, pero no es que nosotros pretendamos crear normas, ni mucho menos, lo que pretendemos es hacer justicia con la batería normativa que hay y cuando esa batería es insuficiente hay que acudir a principios generales y garantías constitucionales como ha sido el caso”, explicó.

“Aquí ya se ha dicho varias veces que no es que se esté hablando de perdonazo, ni de cosas por el estilo, pero también soluciones que no lleven a la quiebra el sistema, porque nunca los fallos judiciales pretenden tener rebotes de esa especie. Los fallos judiciales no se dictan para que las industrias caigan o se levanten, se dictan para que se cumpla el derecho y ese es el propósito que ha tenido este fallo”, dijo en la entrevista.

La autoridad judicial estableció que son todos los actores del sistema los que deben cumplir, partiendo por el propio Estado:   “Nosotros confiamos que los fallos se cumplan partiendo por el Estado. El primer obligado a cumplir con los fallos y con la ley es el Estado y en consecuencia cuando hay un fallo como este que determina que una autoridad sectorial cumpla con estas medidas que nosotros hemos determinado, por supuesto, que nuestra primera confianza está en que esa autoridad efectivamente lo haga. No tenemos ninguna razón para desconfiar que nuestros fallos se cumplan y esto se lo digo en materia medioambientales, previsionales, de salud, etcétera. Nosotros siempre confiamos que el Estado esté en la primera línea del cumplimiento de nuestros fallos y desde ese punto de vista es lo que nosotros podemos esperar y también entendemos que la autoridad considera los fallos con la seriedad que tienen y no vamos con la visión oblicua de decir que esto se dictó para que no se cumpla, al contrario lo que hemos dicho muchas veces es que este fallo se ha hecho para que se cumpla. Ahora el cómo va tener que ser con la mayor inteligencia posible y tomando las medidas necesarias para que esto sea una medida se pueda desarrollar y que no tenga ningún rebote no querido, porque aquí no hay pretensiones y no nos corresponde a nosotros determinar la reforma en salud y nos corresponde determinar el destino de las isapres, lo que nos corresponde es que el usuario de la salud privada tenga las garantías que la Constitución le está estableciendo y que estas se vean cumplidas”.

Finalmente, explicó que  el Poder Judicial tiene una sólida independencia para fallar causas de esta envegadura: “La Corte Suprema no falla para caer bien. Nosotros no tenemos una política comunicacional destinada al agrado de ciertos grupos o personas, sino que destinada a que los usuarios del sistema de justicia sientan la tranquilidad de que en Chile las cosas se resuelven en derecho y no de acuerdo a intereses. Por supuesto usted tiene la razón muchas veces se hace responsable al portador de las malas noticias, pero nosotros tenemos la independencia suficiente como para no afectar la independencia, la autonomía de juicio porque haya impresiones o presiones sobre la realidad. Como le digo este fallo si se lee bien y se analiza bien la historia que este fallo tiene hacia atrás cualquier persona que lo haga se va dar cuenta que no hay ningún tipo de innovación, sino que lo que se está haciendo es cumpliendo con lo que ya se conoce hace bastante años”

«Esta es una industria que tiene un fallo del Tribunal Constitucional sobre la tabla de factores desde hace trece años y en consecuencia es una industria que no se ve sorprendida por esta situación. Es una situación que se ha alargado, pero que tuvieron modo de preverla, porque cuando yo tengo un fallo que me dice usted no puede aplicar estas tablas de factores y yo las sigo aplicando es que estoy a conciencia de que hay algo que no está funcionando. Es lo mismo que si decide no pagar impuestos, entonces, pasa el tiempo, no paga, no paga, no paga, hasta que Tesorería cae con una cobranza; entonces uno no puede decir ahh pucha mire que injusticia lo que hizo Tesorería. Tesorería está cobrando lo que usted no pagó. Lo que se está haciendo con el fallo de las isapres es que se está haciendo valer una situación de desigualdad, a propósito de la tabla de factores, que ya estaba sentenciada y muy explicada hace 13 años, el fallo del Tribunal Constitucional es del 2010, en consecuencia no es una sorpresa», concluyó

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