En el caso del imputado J.P.M.M., el tribunal rechazó la solicitud de la fiscalía de decretar su prisión preventiva, al considerar que no se aportaron indicios suficientes de la participación atribuida en los delitos de homicidio simple, homicidio calificado e incendio.

Decisión que fue apelada verbalmente, recurso que fue acogió por la magistrada Lagos Lepe, quien ordenó que se eleven los antecedentes ante la Corte de Apelaciones de Temuco, y así resolver las medidas cautelares del el imputado.

El Juzgado de Garantía de Collipulli dejó sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a C.A.M.M, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de homicidio simple, homicidio calificado (premeditación) y tráfico de estupefacientes; D.E.L.C., imputado como autor de los delitos consumados de homicidio simple e incendio, y FA.M.L. y F.M.N. como autores de los delitos consumados de tráfico y cultivo de estupefacientes. Ilícitos perpetrados entre octubre y noviembre de 2020, en la comuna.

En la audiencia de formalización (causa rol 1.043-2020), la magistrada María Fernanda Lagos Lepe ordenó el ingreso en prisión de C.A.M.M., D.E.L.C., F.A.M.L. y F.M.N., por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en dos meses el plazo de investigación.

En el caso del imputado J.P.M.M., el tribunal rechazó la solicitud de la fiscalía de decretar su prisión preventiva, al considerar que no se aportaron indicios suficientes de la participación atribuida en los delitos de homicidio simple, homicidio calificado e incendio. Decisión que fue apelada verbalmente por el Ministerio Público y la querellante en la causa. Recurso que fue acogió por la magistrada Lagos Lepe, quien ordenó que J.P.M.M. permanezca detenido en tránsito y que se eleven los antecedentes ante la Corte de Apelaciones de Temuco, tribunal que deberá resolver las medidas cautelares que cumplirá el imputado.

Según el ente persecutor, en horas de la tarde del 3 de octubre de 2020, un grupo de, aproximadamente, siete sujetos, entre ellos C.M.M., J.P.M.M. y D.E.L.C., concurrió portando armas a bordo de un furgón, previamente sustraído, hasta el fundo “Agua Buena”, ubicado en la comuna de Collipulli. En el lugar, arremetieron contra una camioneta Mitsubishi que conducía la víctima Pedro Cabrera Benavides, a quien dispararon, provocándole la muerte por un impacto de proyectiles en la cabeza. Previo a dicho ataque, habían interceptado un furgón Hyundai, obligado a los ocupantes a descender del móvil, para prenderle fuego.

En tanto, en horas de la madrugada del 12 de noviembre de 2020, los imputados C.M.M. y J.P.M.M. concurrieron hasta el domicilio de la víctima Pablo Burgos Bustos en Collipulli. En el lugar, realizaron disparos desde el exterior y luego ingresaron hasta el dormitorio de la víctima, a quien balearon hasta provocarle la muerte

Finalmente, en horas de la madrugada del lunes 8 de abril de 2024, efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI) dio cumplimiento a la orden de entrada, registro e incautación al domicilio del imputado C.M.M., a quien sorprendieron en posesión de cannabis sativa (marihuana) a granel, con un peso total de 1,550 kilogramos. En paralelo, detectives allanaron el domicilio de F.M.N., inmueble donde ubicaron dos invernaderos con un total de 62 plantas de cannabis sativa en proceso de crecimiento; además de 5,548 kilogramos de la sustancia.

En el ingreso al domicilio de F.A.M.L., la policía descubrió otro invernadero, con 98 plantas de marihuana, 9,411 kilogramos de la sustancia prohibida y una balanza digital.

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