En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada ordenó la prisión preventiva de J.P.M.M. por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
La Corte de Apelaciones de Temuco revocó la resolución apelada y ordenó la prisión preventiva de J.P.M.M., imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de homicidio calificado, homicidio simple e incendio. Ilícitos perpetrados entre octubre y noviembre de 2020, en la comuna de Collipulli.
En fallo dividido (causa rol 799-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada ordenó la prisión preventiva de J.P.M.M. por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“A su entender la decisión del A Quo se encontraría errada, atendido que existen antecedentes que avalan la teoría del caso respecto a que los imputados provistos de una camioneta habrían sido identificados por dos testigos en una camioneta, para luego haber procedido a sindicar al imputado y ubicarlo en el lugar de los hechos. Señala que ambos hechos están vinculados atendido el levantamiento balístico que es coincidente con las armas utilizadas en ambos hechos. Los imputados fueron advertidos huyendo del lugar de los hechos, dentro de los cuales se encontraría J.P.M.M., identificación que fue revelada por un testigo.”, sostiene el fallo.
“(…) teniendo en cuenta la naturaleza de los delitos investigados, la gravedad de la pena asignada a los mismos y las circunstancias de su comisión, estos sentenciadores estiman que el imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, lo que hace procedente decretar su prisión preventiva”, agrega.
Por tanto, se resuelve que: SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de nueve de abril en curso, transcrita íntegramente en la carpeta digital, y en su lugar, se declara que se ACOGE la petición del Ministerio Público y del querellante quien representa a la Delegación Presidencial, decretándose la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado JP.M.M., debiendo la Jueza A Quo del Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli disponer lo pertinente para su cumplimiento”.
Según el ente persecutor, en horas de la tarde del 3 de octubre de 2020, un grupo de, aproximadamente, siete sujetos, entre ellos C.M.M., J.P.M.M. y D.E.L.C., concurrió portando armas a bordo de un furgón, previamente sustraído, hasta el fundo “Agua Buena”, ubicado en la comuna de Collipulli. En el lugar, arremetieron contra una camioneta Mitsubishi que conducía la víctima Pedro Cabrera Benavides, a quien dispararon, provocándole la muerte por un impacto de proyectiles en la cabeza. Previo a dicho ataque, habían interceptado un furgón Hyundai, obligado a los ocupantes a descender del móvil, para prenderle fuego.
En tanto, en horas de la madrugada del 12 de noviembre de 2020, los imputados CM.M. y J.P.M.M. concurrieron hasta el domicilio de la víctima Pablo Burgos Bustos en Collipulli. En el lugar, realizaron disparos desde el exterior y luego ingresaron hasta el dormitorio de la víctima, a quien balearon hasta provocarle la muerte
Finalmente, en horas de la madrugada del lunes 8 de abril de 2024, efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI) dio cumplimiento a la orden de entrada, registro e incautación al domicilio del imputado C.M.M., a quien sorprendieron en posesión de cannabis sativa (marihuana) a granel, con un peso total de 1,550 kilogramos. En paralelo, detectives allanaron el domicilio de F.M.N., inmueble donde ubicaron dos invernaderos con un total de 62 plantas de cannabis sativa en proceso de crecimiento; además de 5,548 kilogramos de la sustancia.
En el ingreso al domicilio de F.A.M.L., la policía descubrió otro invernadero, con 98 plantas de marihuana, 9,411 kilogramos de la sustancia prohibida y una balanza digital.
