Por Alberto Cifuentes Avello

Profesor

En octubre próximo tendremos la elección en todas las comunas de Chile de nuevos empleados públicos y que bajo el identificario de Alcaldes y Concejales tendrán que administrar todo lo que significa el desarrollo de la política comunal.

Estos nuevos integrantes del sistema público laboral, elegidos por el pueblo y principal causante de que se tenga a nuevos funcionarios administrando a la comunidad, tendrán como principal función las siguientes:

  1. Plan comunal de desarrollo.
  2. Presupuesto municipal.
  3. Plan comunal de seguridad pública.
  4. Políticas en cuanto a la unidad de servicios de salud y educación.
  5. Políticas y normas generales acerca de las licitaciones, concesiones, adquisiciones y permisos.
  6. Política de recursos humanos; en donde debe indicar los mecanismos de reclutamiento y selección, promoción, capacitación y finalmente egreso.

Como se podrá observar, no es cualquier labor municipal y necesita de quienes las administren tener conocimientos profesionales para ejercer con propiedad sus funciones, sean de Alcalde o de Concejales.

Esto amerita que quienes estén interesados en conseguir ser electos deban tener un currículum adecuado (en ningún caso un prontuario) y esto se indica en la ley:

  1. Ser ciudadano chileno con derecho a ejercer el voto.
  2. Haber cursado y aprobado la enseñanza media.
  3. Ser residente en la región en la que pertenece la comuna o agrupación de comunas correspondientes; esto por lo menos durante los últimos dos (2) años previos a la elección del cargo.
  4. Contar con la situación militar al día.
  5. No encontrarse afecto a ninguna de las inhabilidades que la ley establece.
  6. No ser dependiente de sustancias o drogas estupefacientes o sustancias psicotrópicas ilegales; a menos que el candidato justifique dicho consumo como un tratamiento médico.

Así y entendiendo que los electores, en su capacidad de elegir, estimo deben estar plenamente conscientes de que su voto contiene elegir a su representante acorde a:

  • Que no es para veneficio personal (para el elector), sino para un bien comunal.
  • Que en su voto prima el programa presentado por el candidato elegido en favor del desarrollo comunal, ya indicado en los puntos más arriba expuestos.
  • Que estará muy claro que quienes sean elegidos gobernaran para el pueblo con el pueblo y no sin el pueblo.

Este último punto hace ver que, como elector, también participara ya en una junta vecinal o agrupación cívico social, etarea, deportiva, artística, etc. Y que en función de esa participación podrá hacer llegar vía dirigencia de la entidad, en que participa, las diversas inquietudes que estima deben resolverse a nivel sectorial o comunal. De esa manera ocurrirá un gobierno local para el pueblo y con el pueblo.

Es nocivo y como se dice ahora “tóxico”, pretender solicitar a la administración municipal algo, sin ser miembro de alguna entidad social deportiva cultural comunal.

Dado todo lo anterior, será un honor en octubre acudir a las urnas a elegir a quienes tendrán la especial labor municipal de administrar a la comuna por decisión de la misma comunidad y con el claro objetivo de hacerla más grande.

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