La Defensoría de la Niñez anunció una serie de acciones tras el informe de la Contraloría General de la República, que detectó la contratación de funcionarios públicos con prohibición legal para desempeñar labores con contacto directo y habitual con niños, niñas y adolescentes.


El 19° Consolidado de Información Circularizada (CIC) del ente contralor reveló que 164 personas inhabilitadas fueron contratadas por 72 instituciones públicas entre los años 2020 y agosto de 2025. De ese total, 35 funcionarios ejercieron funciones durante 2024, pese a contar con prohibición absoluta para trabajar con menores de edad.

Oficios y solicitud de reunión con Contraloría

Ante estos antecedentes, la Defensoría de la Niñez informó que ofició a todas las instituciones señaladas en el informe, con el objetivo de recabar información detallada sobre las acciones correctivas adoptadas, el número de personas contratadas en esta condición, las fechas de sus respectivas inhabilitaciones y las medidas preventivas que se implementarán para evitar la reiteración de estos hechos.

Asimismo, el organismo solicitó una reunión con la contralora general de la República, Dorothy Pérez, con el propósito de abordar esta situación de manera coordinada, dada la gravedad de los antecedentes expuestos.

Obligación legal y protección de derechos

Desde la Defensoría enfatizaron que velar por el interés superior de niños, niñas y adolescentes es una obligación transversal del Estado, consagrada en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la legislación nacional vigente.

En ese contexto, subrayaron la necesidad de cumplir estrictamente la normativa y de implementar con urgencia mecanismos de control preventivos y obligatorios, que aseguren la consulta sistemática al Registro General de Condenas y al Registro Seccional de Inhabilitaciones antes de cualquier contratación de personal con funciones vinculadas a menores de edad.

Falencias graves y exigencia de medidas urgentes

El organismo advirtió que el incumplimiento de estas obligaciones compromete gravemente la protección efectiva de los derechos fundamentales de la niñez y adolescencia, vulnerando además lo establecido en el Decreto Ley N.º 645, cuyo artículo 6 bis obliga a verificar inhabilitaciones antes de contratar personal para labores relacionadas con menores.

Finalmente, la Defensoría de la Niñez sostuvo que estas faltas a la ley exponen a niños, niñas y adolescentes a riesgos inadmisibles y evidencian serias deficiencias en los sistemas de control y responsabilidad administrativa de las instituciones involucradas, exigiendo la adopción inmediata de todas las medidas necesarias para asegurar que hechos de esta naturaleza no vuelvan a repetirse.

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