En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Ñanco Lincoleo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Manuel Hernán Ñanco Lincoleo a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito cometido en junio de 2020, en la comuna de Vilcún.

En fallo unánime (causa rol 122-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Carla Alarcón Mora (presidenta), Wilfred Ziehlmann Zamorano y Jorge González Salazar (redactor)– aplicó, además, a Ñanco Lincoleo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la noche del 20 de junio de 2020, “(…) la víctima de 40 años de edad, junto a un grupo de amigos, concurrió hasta el sector Quintrilpe Bajo de la comuna de Vilcún con la intención de cazar conejos, trasladándose a bordo de una camioneta de propiedad de la misma víctima. Una vez en el lugar, y mientras uno de ellos permanecía al interior de la camioneta, mientras los demás se encontraban cazando, apareció en el lugar el condenado, Manuel Hernán Ñanco Lincoleo, con una escopeta calibre 12 mm., la que utilizó para intimidar a quien se encontraba en el vehículo, tras lo cual disparó a los neumáticos de la camioneta. Acto seguido, y tras aparecer la víctima a algunos metros de distancia del vehículo, sin mediar provocación, el acusado disparó en dos oportunidades en su contra, causándole la muerte en el lugar”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras bilógicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

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