La normativa que rige estas Elecciones Presidenciales y Parlamentarias fija multas que pueden superar los $100 mil para quienes no acudan a votar este domingo, salvo en casos debidamente justificados.


La multa por no votar: ¿cuánto es y a quiénes aplica?

En pleno desarrollo de las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias 2025, una de las dudas que más se repite entre los electores es directa y sin rodeos: ¿cuánto cuesta no votar hoy? La respuesta está en la nueva legislación aprobada por la Cámara de Diputadas y Diputados y respaldada por el Gobierno, norma que endurece las sanciones para quienes no cumplan con el voto obligatorio.

Según explicó la ministra secretaria general de la Presidencia, Macarena Lobos, quienes no asistan a votar este domingo arriesgan una multa que va entre 0,5 y 1,5 UTM. Dependiendo del valor mensual de la unidad tributaria, este monto puede superar los $100 mil, por lo que la omisión del deber cívico podría transformarse en un golpe directo al bolsillo.

La medida forma parte del paquete legal que reinstaló el voto obligatorio, con el objetivo de aumentar la participación electoral y asegurar una representación más amplia en los procesos democráticos.


Excepciones: ¿quiénes se libran de pagar la multa?

Aunque la norma es estricta, también contempla un conjunto de situaciones en las que la sanción no se aplica. Estas excepciones deben ser acreditadas, generalmente ante el juez de policía local, quien determina si corresponde o no la exención.

Los casos en que no se aplica la multa por no votar son los siguientes:

  • Personas enfermas el día de la elección y que puedan comprobarlo mediante un certificado médico.
  • Quienes se encuentren fuera del país, acreditado con pasaporte, ticket de viaje u otro documento oficial.
  • Electores que estén a más de 200 kilómetros de su local de votación y cuenten con constancia en Carabineros.
  • Ciudadanos que desempeñen funciones electorales definidas en la Ley 18.700, como vocales de mesa, delegados o miembros del colegio escrutador.
  • Personas con impedimentos graves que les imposibiliten votar y que logren justificarlo formalmente.
  • Personas con discapacidad certificada.

En todos estos casos, la clave es contar con documentación que respalde la situación, ya que la ley es clara respecto a la obligatoriedad de votar y la exigencia de justificar la ausencia.


Un proceso histórico bajo voto obligatorio

Estas elecciones son especialmente relevantes porque consolidan el sistema de voto obligatorio como pilar del proceso democrático. Con millones de personas habilitadas para sufragar y un alto despliegue institucional, el Gobierno ha insistido en que la participación masiva refuerza la legitimidad de los resultados y el compromiso ciudadano con los desafíos del país.

El llamado oficial sigue siendo claro: si puedes votar, vota. Y si no puedes, justifica tu ausencia, porque la multa no es simbólica… y tampoco barata.

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