Corte de Temuco implementa el funcionamiento adicional de la Tercera Sala Extraordinaria para la vista de causas laborales

La Corte de Apelaciones de Temuco informa a la comunidad jurídica de La Araucanía que la Tercera Sala Extraordinaria en funcionamiento adicional fue implementada, desde el 25 de septiembre hasta el 31 de diciembre del presente año, para la vista exclusiva de causas laborales.

La Corte de Apelaciones de Temuco informa a la comunidad jurídica de La Araucanía que la Tercera Sala Extraordinaria en funcionamiento adicional fue implementada, desde el 25 de septiembre hasta el 31 de diciembre del presente año, para la vista exclusiva de causas laborales.

El tribunal, presidido por el ministro Alberto Amiot Rodríguez, dictó el acuerdo N° 260-2023 en el que establece: “Teniendo presente el buen funcionamiento de este Tribunal de Alzada, entendiéndose por tal ajustar sus procesos internos de trabajo para una correcta administración de justicia en consideración al principio de eficiencia, en concordancia con los demás planes llevados a cabo por esta Corte, en busca de reducir el número de causas en stock en materia laboral, optimizando con ello el uso de los recursos financieros, tecnológicos, materiales y de capital humano disponibles, en razón de lo establecido en el artículo 484 del Código del Trabajo, y en ejercicio de las facultades económicas otorgadas por el artículo 3° del Código Orgánico de Tribunales”.

El acuerdo extraordinario N° 260-2023 consigna:

a) Se implementa el funcionamiento de la Tercera Sala Extraordinaria, de forma adicional, también a partir de las 15:00 horas, desde el veinticinco de septiembre hasta el treinta y uno de diciembre del presente año, ambas fechas inclusive.

b) Funcionará los días que se señale en la integración y en la tabla semanal, así como también con los Miembros que se contengan en la misma, en virtud de la disponibilidad con la que se cuente al efecto, lo que será abordado en la planificación de cada día viernes.

c) Conocerá causas de naturaleza laboral y en la cantidad que se plasme en la confección de la tabla semanal.

d) En cuanto a los relatores, participarán aquellos que se encuentren en funciones en esta Corte, ya que en el periodo indicado, junto a las funciones propias a las que se encuentran abocados, pueden asumir de forma eficiente y eficaz las labores de esta modalidad adicional, de la forma que se contenga en la integración y en la tabla semanal, en virtud de una correcta gestión al efecto, lo que será abordado en la planificación de cada día viernes.

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