Corte de Temuco mantiene arresto domiciliario total de imputado por asociación ilícita y hurto de madera
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada compartió que la medida cautelar decretada es adecuada y proporcional a los fines del procedimiento.
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa y mantuvo sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total a Mijael Nicolás Carvones Queipul, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de asociación ilícita, hurto de madera y delitos tributarios. Ilícitos presuntamente perpetrados entre abril del 2020 y noviembre de 2022, en diversos puntos del territorio jurisdiccional.
En fallo unánime (causa rol 1436-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada compartió que la medida cautelar decretada es adecuada y proporcional a los fines del procedimiento.
“Atendido el mérito de los antecedentes y oído a los intervinientes y sus argumentos, no habiendo variado las circunstancias que se tuvieron presentes para decretar esta medida cautelar de arresto domiciliario total, por el contrario, se mantienen los presupuestos que se tuvieron presente, tales como antecedentes suficientes para estimar que concurren los hechos por los cuales se ha formalizado, por el delito de hurto simple de madera, asociación ilícita y los delitos tributarios que dicen relación con el aumento de crédito fiscal y el comercio clandestino e ilegal de madera, ello unido a los antecedentes que se han expuestos por los intervinientes, en especial, las declaraciones de los coimputados que aparecen como antecedentes respecto de la participación que ha tenido Mijael Carvones en los ilícitos por los cuales se formalizó, ello unido a la pluralidad de ilícitos por los cuales se ha formalizado, la pluralidad de malhechores que han participado en estos hechos, la reiteración de delitos tributarios, que al menos uno de ellos tiene asignada pena de crimen, abarcando montos de eventual aumento de crédito fiscal por $90.000.000 y una eventual evasión tributaria por cerca de $700.000. 0000, y considerando además que, es un hecho no debatido en esta audiencia, que el imputado cuenta con una causa pendiente ante el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, y que incluso hay a la fecha mayores antecedentes tales como, las querellas interpuestas contra el imputado por el Servicio de Impuestos Internos que, eventualmente podrían constituir una agravación de la situación procesal del imputado Carvones Queipul, por lo que se concluye que la medida cautelar decretada por el tribunal a quo es adecuada y proporcional a los fines del procedimiento”, sostiene el fallo.
Los hechos
Según el ente persecutor, desde el 20 de abril de 2020 a la fecha de la detención, Carvones Queipul y los coimputados integraban una agrupación liderada por Carvones que encubría el origen ilícito de madera que extraían de los fundos San Juan de Adencul, Santa Inés de Adencul, El Cielo I y II y Chiquitoy 1 y 2, de propiedad de la empresa Forestal Arauco, la que luego vendían a aserraderos de La Araucanía y el Biobío, como proveniente del fundo Alaska, ubicado en la comuna de Ercilla, y que pertenece a la comunidad indígena Ignacio Queipul.
Lo que permitió, según la fiscalía, al imputado Carvones Queipul vender la madera supuestamente extraída de la cesión de goce y usufructo de 50 hectáreas del fundo Alaska otorgada por la comunidad Ignacio Queipul, a una sociedad comercial inscrita a su nombre. Asimismo, utilizó un contrato de compraventa que suscribió el 1 de febrero de 2020, con la comunidad Ignacio Queipul, de 8.000 metros cúbicos mensuales de pino radiata.
En tanto, el imputado Daniel Andrés Salgado Quezada, representante y dueño de la empresa Servicios Forestales Dasal Patagonia SpA, habría sido contratado por Carvones Queipul para que se encargara del corte y extracción de la madera, la que venderían a la empresa Forestal Barrios SpA, representada por el imputado Barrios Cáceres, quien luego la revendía a aserraderos del Biobío y La Araucanía.
En este contexto, cerca de las 13:30 del miércoles 14 de julio de 2020, al interior de fundo El Cielo 1, comuna de Victoria, dos sujetos que se movilizaban en un jeep de propiedad de Salgado Quezada dispararon a un helicóptero de la empresa de servicios aéreos Rotortec, aeronave que resultó con daño en el estabilizador horizontal, atribuible al impacto de un proyectil balístico.
Finalmente, agregó el Ministerio Público, en horas de la mañana del 4 de septiembre de 2020, Forestal Arauco realizó un sobrevuelo del fundo San Juan de Adencul, logrando seguir y fotografiar a dos camiones en los momentos que entregaban rollizos de madera en una planta ubicada en la comuna de Lautaro. El mismo día observaron en el fundo El Cielo 2, la presencia de dos camiones cargando madera, con características similares a los rastreados horas antes. Por instrucciones de la fiscalía, personal de la Policía de Investigaciones (PDI) sigue al día siguiente al camión que se dirigió cargado hasta el aserradero Las Tejas de la comuna de Los Ángeles, y cuyo conductor era nuevamente Poblete Poblete.
Delitos tributarios
Según el persecutor fiscal, en el periodo comercial comprendido entre marzo de 2019 y diciembre de 2020, la empresa Servicios Forestales Dasal Patagonia SpA, a través de su representante legal, el imputado Salgado Quezada, declaró en los formularios N°29, 130 facturas falsas provenientes de ocho proveedores, las cuales daban cuenta de operaciones que no se realizaron, generando un perjuicio fiscal de $239.431.211.
Asimismo, la fiscalía sostuvo que, desde febrero a diciembre de 2019, Servicios Forestales Dasal Patagonia SpA, comercializó en forma irregular la cantidad de 47.672,94 metros ruma de pino insigne, sin acreditar dicha adquisición. Periodo en que, además, la empresa emitió facturas de ventas por un total de 20.696,50 metros rumas de madera, en circunstancias que, de acuerdo con su propio registro de compraventas solo habría adquirido 2.500 metros rumas, por lo que 18.196,5 metros rumas de madera no se encuentran acreditados con la debida documentación de respaldo.
Además, el análisis realizado a las facturas que emitió durante el ejercicio comercial 2020, permitió detectar que la empresa vendió 47.913,44 metros rumas de pino insigne, en circunstancias que sus registros solo consignan que adquirió 18.437 metros rumas. Lo que arroja una diferencia de 29.476,44 metros rumas de madera cuyo origen y adquisición no se encuentran acreditada.